Queridos socios,
El pasado 28 de Diciembre, con
la publicación en el B.O.E., Bierzo
Ayuda fue declarada “asociación de
utilidad pública”.
Esta declaración supone un
reconocimiento social de la labor de la Asociación así como la posibilidad de
acogerse a una serie de beneficios fiscales.
El objetivo primordial de la
solicitud de esta declaración es permitir que nuestros/as socios/as se puedan beneficiar de las desgravaciones
fiscales de sus cuotas y donaciones.
Si eres socio o quieres realizar un donativo a Bierzo
Ayuda, te informamos que puedes deducir estas donaciones de tu declaración de
la renta. Siempre de la donaciones o
cuotas realizadas a partir del año 2016.
Si eres persona física, en el IRPF correspondiente a
2016 podrás deducir el 75% del importe de tus cuotas y/o donativos íntegros por
aportaciones de hasta 150 € al año. A partir de esa cantidad la deducción será
del 30% o del 35% si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos, (contando
a partir de haber sido declarados de utilidad
pública, es decir del año 2016, en este supuesto será en la declaración de
2018) con un límite del 10% de la base liquidable.
Si eres persona jurídica, en el impuesto de Sociedades
podrás deducir el 35% de tus cuotas y/o donativos íntegros. Si llevas
colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 40%,
con un límite del 10% de la base liquidable. (contando a partir de haber sido declarados de utilidad pública, es decir
del año 2016, en este supuesto será en la declaración de 2018)
Bierzo Ayuda está acogida al régimen fiscal especial
de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
Ejemplos de cuotas:
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CUOTAS EJEMPLO
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Desgravación
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Cuota Final
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Ejercicio 2018 y siguientes para cantidad > 150 €
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Cuota de 60 €
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45 €
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15 €
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Cuota de 90 €
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67,50 €
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22,50 €
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Cuota de 120 €
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90 €
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30 €
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Cuota de 150
€
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112,50 €
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37,50 €
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Cuota de 180
€
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112,50 € + 10,5€
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57 €
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Ejemplo para 2.018 35%
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Cuota de 180 €
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112,50 € + 9 €
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58,50 €
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Ejemplo para años 2016 y 2017 30% supuesto menos de 3 años de
colaboración
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Otras:
|
Se trata de una ampliación muy importante de las
desgravaciones. Ello supondrá, por ejemplo, que alguien que tenga una cuota de
60 €/Año, podría llegar a desgravar el 75% es decir 45 € con lo que el desembolso real sería únicamente
de 15 €/año.
Si alguien aumentara su cuota a nuestra ONG hasta los
180 €/año le devolverían el 75% de 150 €, es decir 112,5 €, a lo que hay que
añadir el 35% de 30 €, es decir 10,5 € con lo que el desembolso real sería de 57
€, inferior a la cuota actual de 60 €/año y se vería multiplicada por 3 la
ayuda a la ONG.
Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria
del importe de tus cuotas y/o donativos es imprescindible que nos hayas
facilitado tu NIF y domicilio así como la cantidad de cuota y/o
donativo.
Si quieres ampliar la información sobre estos
beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria:
www.aeat.es.
DEDUCCIÓN POR DONATIVOS A ENTIDADES ACOGIDAS A LA LEY 49/2002.
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PERSONAS FISICAS IRPF
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Ejercicio 2016 y siguientes
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Donativos
hasta 150 €
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75,00%
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Resto a
partir de 150€
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30,00%
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Donaciones plurianuales (a la
misma entidad durante al menos 3 años)
> 150 € *
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35,00%
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*Por importe igual o superior, en cada uno
de ellos, al del ejercicio anterior.
Nota: Las segundas cuotas semestrales, que
se venían realizando en Diciembre, se adelantarán a Noviembre, para garantizar
que la información que se envíe a la Agencia Tributaria es la correcta.
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